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martes, 5 de marzo de 2019
TIPOS DE LICENCIAS DE SOFTWARE
Definiciones:
Licencia: contrato entre el desarrollador de un software sometido a propiedad
intelectual y a derechos de autor y el usuario, en el cual se definen con
precisión los derechos y deberes de ambas partes. Es el desarrollador, o aquél
a quien éste haya cedido los derechos de explotación, quien elige la licencia
según la cual distribuye el software.
Patente: conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o
autoridad al inventor de un nuevo producto (material o inmaterial) susceptible
de ser explotado industrialmente para el bien del solicitante por un periodo de
tiempo limitado.
Derecho
de autor o copyright: forma de protección
proporcionada por las leyes vigentes en la mayoría de los países para los
autores de obras originales incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales,
artísticas e intelectuales, tanto publicadas como pendientes de publicar.
(Si quieres saber más sobre el "Derecho de autor" CLIC AQUÍ )
(Si quieres saber más sobre el "Derecho de autor" CLIC AQUÍ )
Software libre: proporciona la libertad de
•
Ejecutar el programa, para cualquier propósito;
•
Estudiar el funcionamiento del programa, y adaptarlo
a sus necesidades;
•
Redistribuir copias;
•
Mejorar el programa, y poner sus
mejoras a disposición del público, para beneficio de toda la comunidad.
Software de fuente abierta.
sus términos de distribución cumplen los criterios de
•
Distribución libre;
•
Inclusión del código fuente;
•
Permitir modificaciones y trabajos derivados en las
mismas condiciones que el software original;
•
Integridad del código fuente del autor, pudiendo
requerir que los trabajos derivados tengan distinto nombre o versión;
•
No discriminación a personas o grupos;
•
Sin uso restringido a campo de actividad;
•
Los derechos otorgados a un programa serán válidos
para todo el software redistribuido sin imponer condiciones complementarias;
•
La licencia no debe ser específica para un producto determinado;
•
La licencia no debe poner restricciones a otro
producto que se distribuya junto con
el software licenciado;
•
La licencia debe ser tecnológicamente neutral.
Estándar abierto: según Bruce Perens, el
basado en los principios de
•
Disponibilidad;
•
Maximizar las opciones
del usuario final;
•
Sin tasas sobre la
implementación;
•
Sin discriminación de implementador;
•
Permiso de extensión o restricción;
•
Evitar prácticas predatorias por fabricantes dominantes.
Software de dominio público: aquél que no
está protegido con copyright .
Software con copyleft:
software libre cuyos términos de distribución no permiten a los
redistribuidores agregar ninguna restricción adicional cuando lo redistribuyen
o modifican, o sea, la versión modificada debe ser también libre.
Software semi
libre: aquél que no es libre, pero viene con
autorización de usar, copiar, distribuir y modificar para particulares sin
fines de lucro .
Freeware: se usa
comúnmente para programas que permiten la redistribución pero no la
modificación (y su código fuente no está disponible).
Shareware: software
con autorización de redistribuir copias, pero debe pagarse cargo por licencia de uso continuado.
Software
privativo: aquél cuyo uso, redistribución o
modificación están prohibidos o necesitan una
autorización.
Software comercial:
el desarrollado por una empresa que pretende ganar dinero por su uso.
Desarrollos de software libre.
Motivación ética: abanderada por la Free Software Foundation –partidaria del apelativo libre–, que argumenta que el software es conocimiento, debe poderse difundir
sin trabas y que su ocultación es una actitud antisocial y que la posibilidad
de modificar programas es una forma de libertad de expresión.
Motivación pragmática: abanderada por la Open Source Initiative –partidaria del
apelativo fuente abierta–, que argumenta ventajas técnicas y económicas, apartando el término
“free” para poder evitar así la posible confusión entre “libre” y “gratis”
Referencias.
“Categorías de Software Libre y
No Libre”. Free Software Foundation. 1.998.
“Open Source Definition, v1.9”.
Open Source Initiative. 2.005.
Campaña “Nosotros Hablamos de
Software Libre”. Free Software Foundation Europa. 2005.
Gómez Labrador: “Software Libre
en el Escritorio de Inpro”, versión previa. 2.005.
P.-E. Schmiz, S. Castiaux:
“Compartir Software de Código Abierto”. IDA (Comisión Europea) 2.002.
Wikipedia.
Free Software Foundation: http://www.fsf.org/
Open Source Initiative: http://opensource.org/
SourceForge.net: http://sourceforge.net/